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Información General | 18 ago 2016

Freno al tarifazo del gas

El juez Arias aseguró que el fallo de la Corte tendrá una “fuerza expansiva” sobre todos los servicios

La Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló el aumento en las tarifas de gas para usuarios residenciales y estableció que para la fijación de nuevos valores son obligatorias las audiencias públicas. A pesar de que comerciantes y empresas quedaron fuera de la sentencia, el juez en lo Contencioso y Administrativo de La Plata, Luis Arias, aseguró a Blanco sobre Negro que la resolución del máximo tribunal “tiene una fuerza expansiva para el resto de los servicios públicos y actores afectados”.


En un fallo unánime, el máximo tribunal confirmó la sentencia de la Cámara Federal de La Plata que frenó el aumento en el gas y dispuso que las tarifas deben retrotraerse a los cuadros previos a las resoluciones del ministerio de Energía, es decir a los vigentes al 31 de marzo. Además, ordenaron mantener la tarifa social y reclamaron al Congreso “la necesidad de dar cobertura al cargo de Defensor del Pueblo de la Nación”.

En diálogo con Blanco sobre Negro, el juez en lo Contencioso y Administrativo N° 1 de La Plata, Luis Federico Arias, aseguró: “La Corte ha fijado normas que obligarán a cambiar la política energética del gobierno. El fallo es muy claro en cuanto al derecho de acceso a la información, la participación real de la ciudadanía y la necesidad de equilibrar las fuerzas entre los usuarios y el Estado. Además determinó pautas muy importantes para que las audiencias no sean meros trámites, adelantándose a lo que podría suceder con las próximas convocatorias”.

El freno al aumento dispuesto por la Corte se limitó sólo a los usuarios residenciales y no abarcó a los comercios e industrias, esgrimiendo que para los procesos colectivos “deben existir intereses individuales homogéneos”.

Sin embargo, Arias consideró que “las pautas tienen una fuerza expansiva para el resto de los servicios públicos y actores afectados”, por lo que las pautas planteadas por la Corte “van a obligar al gobierno a redefinir una nueva política tarifaria”. Además, aseguró que las pymes pueden presentarse ante la justicia y “obtener nuevos fallos favorables”.

“El recorte a usuario residencial se dio por un tema procesal, teniendo en cuenta cuál es la representación que tiene el CEPIS, que presentó la demanda”, opinó el magistrado platense y agregó: “Lo que le dijo la corte a los comercios es ‘ustedes no se sienta a la mesa porque no golpeó la mesa de entrada’”.

Con respecto a la situación del servicio eléctrico en la Provincia de Buenos Aires, el juez que emitió el primer fallo contra el aumento, anulado días atrás por la cámara de apelaciones, aseguró que los criterios de la Corte “sientan un precedente muy contundente” y “ponen en evidencia que la Cámara de La Plata va en contra mano de la mayoría de los tribunales del país y también de la Corte Suprema de la Nación”.

“Todo juzgado que se tenga que expedir no podrá ignorar el fallo de la Corte. Se abre una nueva etapa”, destacó Arias y añadió: “Hay distribuidoras eléctricas que están facturando con el aumento, violando los fallos judiciales. Es un escándalo porque las empresas están cobrando con aumento, mandan avisos de corte y sin embargo el OCEBA, órgano de contralor, los está avalando”.

En la sentencia, la Corte estableció además que el “Estado debe velar por la continuidad, universalidad y accesibilidad de los servicios públicos, ponderando la realidad económico-social concreta de los afectados por la decisión tarifaria con especial atención a los sectores más vulnerables”. Según Arias, esto ratifica que los servicios “son parte del derecho a la vivienda digna”.

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