viernes 26 de abril de 2024 - Edición Nº -1969

Información General | 17 jun 2017

Dictó una nueva medida cautelar

El juez Arias volvió a suspender el tarifazo eléctrico

El juez en lo Contencioso y Administrativo N°1 de La Plata, Luis Federico Arias, emitió una nueva medida cautelar contra el aumento de la energía eléctrica porque el porcentaje de la suba no se condijo con lo que se había informado previamente en la audiencia pública. Días atrás, la cámara de apelaciones suspendió una primera cautelar del mismo juez.


La resolución fue dispuesta por el titular del Juzgado Contencioso Administrativo N°1, Luis Arias, el mismo magistrado que hace aproximadamente un mes frenó la suba aprobada por el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos bonaerense los primeros días de mayo.

El juez platense hizo lugar a una nueva presentación del defensor del Pueblo bonaerense, Guido Lorenzino, porque la suba no fue en promedio del 58 por ciento tal como se había informado en la audiencia pública.

“La decisión de la Justicia confirma una vez más nuestra postura de que es necesario que las tarifas sean razonables y que no golpeen al bolsillo de los usuarios”, afirmó Lorenzino y agregó que “la Defensoría está al servicio de los consumidores para ayudarlos a que tengan prestaciones de calidad y a valores que puedan pagar”.

De esta manera las concesionarias EDELAP (La Plata y región), EDES (sur bonaerense), EDEA (costa atlántica), EDEN (norte de la provincia) y las más de 80 cooperativas del interior, volvieron a quedar inhabilitadas para aplicar el nuevo cuadro tarifario.

En su fallo, Arias destacó “graves irregularidades” sobre la propuesta de incremento que se informó en las dos audiencias públicas que se realizaron en diciembre en La Plata y Olavarría, y la que finalmente se aplicó.

“La propuesta de aumento para la tarifa final de los usuarios residenciales fue: EDELAP 38%; EDEA 33%; EDEN 65%; y EDES 75%; mientras que las tarifas de usuarios residenciales que finalmente fueron aprobadas ascienden a: EDELAP 125%; EDEA 55%; EDEN 75%; y EDES 85%”, indica la resolución.

Para Arias, “dichas proporciones contrastan ostensiblemente con los niveles inflacionarios reportados por el INDEC y los incrementos salariales o de haberes jubilatorios de la población en general, que se hallan alrededor del 18 al 20 por ciento y que son de público y notorio conocimiento”.

“Por consiguiente, en esta etapa inicial del proceso deviene hábil el cuestionamiento de la razonabilidad de la tarifa, que supeditara la protección de los intereses económicos del usuario al retorno o ganancia esperada por las empresas concesionarias”, agregó.

El nuevo cuadro tarifario, que además incluye otra suba para fin de año, se publicó el 9 de mayo en el Boletín Oficial mediante la resolución N°419 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos bonaerense, y comenzó a regir al día siguiente.

Sin embargo, el 19 de mayo fue suspendido por una primera resolución de Arias que dictó una medida precautelar al hacer lugar parcialmente a un recurso presentado por la Defensoría del Pueblo bonaerense y otras asociaciones defensoras de los derechos de los consumidores.

Pero el efecto del primer fallo de Arias fue modificado el viernes pasado cuando llegó a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo. Ese tribunal le otorgó “efecto suspensivo” hasta resolver sobre la cuestión de fondo del incremento en el servicio de luz, lo que reactivó el cobro del aumento.

Ahora surgió una nueva cautelar que le puso freno al nuevo cuadro tarifario, aunque seguramente en los próximos días apelará el Estado.

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