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Información General | 5 abr 2018

“Estamos dando un paso histórico"

La legislatura avanza con una ley de reparación económica para víctimas colaterales de femicidio

Walter Martello, Defensor del Pueblo Adjunto, disertó durante la presentación del proyecto de ley que contempla la creación de una reparación económica destinada a niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas con discapacidad que hayan quedado sin madre por hechos de violencia de género. La iniciativa surgió a partir del trabajo que viene desarrollando La Casa del Encuentro, que preside Ada Rico. Martello destacó: “Estamos dando un paso histórico en la Provincia”


En el acto realizado en el anexo de la Cámara de Diputados bonaerense participaron también el vicegobernador Daniel Salvador, la autora del proyecto, Sandra Paris, y representantes de distintas fuerzas políticas.

“E una muestra cabal del gran compromiso existente para que el Estado otorgue una reparación a quienes son hijos y/o hijas de victimas de femicidios. En la mayoría de los casos, estamos hablando de niñas, niños y adolescentes que quedan en el más absoluto desamparo”, afirmó Martello, que está al frente del Observatorio de Niñez y Adolescencia de la Defensoría bonaerense.

Luego afirmó que “una vez que se apruebe esta iniciativa en la provincia de Buenos Aires, seguramente habrá un proceso de federalización de esta reparación económica, para que rija en todo el país", y puntualizó: "Ya hay un proyecto en el congreso nacional”.

La iniciativa contempla la figura del femicidio incorporada al Código Penal por la Ley Nº 26.791 del 2012. Entre otros puntos, el proyecto presentado hoy establece:

- Se crea un régimen de reparación económica de pago mensual y hasta los 21 años de edad, para aquellos niños, niñas, adolescentes y jóvenes, que hubieran sido víctimas colateral de femicidio por hechos de violencia de género producto del cual hubieran quedado huérfanos de madre”.

- La reparación económica podrá subsistir hasta los 25 años edad, si los beneficiarios acreditan la prosecución de estudios o preparación profesional de un arte u oficio y no cuentan con los medios necesarios para sostenerse independientemente.

- El beneficio será vitalicio en el caso de que la víctima colateral sea una persona con discapacidad.

- Los beneficiarios de la prestación tendrán derecho a que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires les proporcione asistencia psicológica y/o atención médica de acuerdo a sus necesidades a través de IOMA.

- Podrán acceder al beneficio que se establece por la presente ley, los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y las personas con discapacidad comprendidas en el artículo anterior, con domicilio real en la Provincia de Buenos Aires al momento del hecho, y que no resulten beneficiarios de una prestación nacional, provincial o municipal, derivadas de la misma situación.

- En caso de tratarse de personas menores de edad, el beneficio será percibido por quién se encuentre a su cuidado, sea guardador/a, tutor/a, curador/a, o adoptante.

- La reparación es compatible con la asignación universal por hijo, asignaciones familiares, pensiones de las que las niñas, niños, adolescentes y jóvenes sean beneficiarios, alimentos que perciban por parte de alguno de sus padres u otro familiar y/o cualquier otra prestación de la cual sean destinatarios.

- El monto del beneficio será equivalente al sueldo básico para la categoría inferior del agrupamiento administrativo del régimen para el personal de la administración pública de la Provincia de Buenos Aires para treinta (30) horas semanales laborales (Ley 10.430 y sus modificatorias) con las actualizaciones correspondientes.

- Los beneficiarios tendrán derecho a la reparación aunque el femicidio o la condena hayan ocurrido con anterioridad a la sanción de la misma. En estos casos no se podrán percibir importes correspondientes al período transcurrido entre el femicidio o la condena y la entrada en vigencia de esta norma.

- Los beneficiarios tendrán derecho a percibir el monto de la reparación correspondiente al lapso transcurrido entre la fecha del femicidio, para los casos ocurridos con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley, o la promulgación, para los casos ocurridos con anterioridad de la misma -según corresponda – y la fecha de inicio del trámite.

El año pasado se sancionó una norma similar en la Legislatura porteña a partir de una iniciativa impulsada por la Asociación Civil La Casa del Encuentro, cuya titular Ada Rico ayer estuvo a cargo del cierre del acto de presentación del proyecto de ley.

También participaron la diputada Carolina Píparo, Presidenta de la Comisión de Niñez, Adolescencia, Familia y Mujer de la Cámara Baja; Maximiliano Abad, presidente del Bloque Cambiemos de la Cámara de Diputados bonaerense; Lucía Portos, diputada del bloque Unidad Ciudadana; Rocío Giaccone, diputada del bloque Peronismo Kirchnerista y presidenta de la Comisión de Legislación General; Rubén Eslaiman, presidente del bloque Frente Renovador de la Cámara de Diputados; y Marisol Merquel, vicepresidenta de la Cámara de Diputados de la Provincia y representante del bloque Unidad y Renovación.

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