jueves 25 de abril de 2024 - Edición Nº -1968

Información General | 14 abr 2018

Un reconocimiento a los ex combatientes

Reglamentaron la ley que exime del pago de peajes a los ex soldados y civiles que pelearon en Malvinas

Para gozar del beneficio deberán presentar ante las oficinas administrativas de las estaciones de peaje el DNI, la cédula de identificación del automóvil y el certificado emitido por el IPS o por el ministerio de Defensa de la Nación, que acredita la condición de excombatiente.


A mediados de septiembre de 2015, la Legislatura bonaerense aprobó el proyecto de ley que exime del pago de los peajes en las rutas provinciales a los exsoldados conscriptos y civiles que participaron de las acciones bélicas desarrolladas en el Teatro de Operaciones de Malvinas, y a todos aquellos que efectivamente entraron en combate.

El artículo 2 de la ley 14793 dictaminó que la Autoridad de Aplicación establecería un medio de identificación para que los beneficiarios pudieran hacer uso efectivo del derecho otorgado en la normativa.

En las últimas horas el Boletín Oficial publicó el decreto 250 que reglamenta la ley mencionada anteriormente. El texto lleva la firma de la gobernadora María Eugenia Vidal y de los ministros Roberto Gigante y Federico Salvai, de Infraestructura y Servicios Públicos y de Jefatura de Gabinete, respectivamente.
Según el decreto, los exsoldados conscriptos y civiles que entraron efectivamente en combate durante las acciones bélicas en el Atlántico Sur deberán presentarse ante las oficinas administrativas de las estaciones de peaje con el Certificado emitido por el Instituto de Previsión Social (IPS).

Aquellos que participaron del conflicto pero no entraron en combate (los “movilizados”) también serán beneficiados. Deberán presentar el Certificado avalado por el ministerio de Defensa de la Nación, que acredite haber estado en calidad de ex conscripto o civil en las acciones bélicas desarrolladas en el Teatro de Operaciones de Malvinas.

Los interesados en la exención del pago de los peajes en las rutas y autopistas provinciales, además, deberán dejar copia del DNI y de la cédula de identificación del automóvil que utilizan regularmente.

La ley provincial 14486 reconoce a los conscriptos y civiles que sin haber entrado efectivamente en combate estuvieron entre el 2 de abril y el 14 de junio dentro de las 200 millas náuticas marítimas o aéreas alrededor de las Islas Malvinas; es decir, gozan de la misma prerrogativa aquellos que estuvieron dentro de la Zona de Exclusión.

De acuerdo al decreto provincial 250, la autoridad de aplicación de la ley es la subgerencia de Concesiones de la Dirección de Vialidad, que deberá velar para que los ex conscriptos y civiles que participaron del Teatro de Operaciones de Malvinas puedan gozar del beneficio impulsado por los legisladores en 2015.

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