viernes 26 de abril de 2024 - Edición Nº -1969

Información General | 3 dic 2018

Lo anunció ARBA

Los deudores que "cayeron" de moratorias anteriores podrán retomar su plan de pagos con la Provincia

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires estableció que por un plazo de seis meses "los contribuyentes de los distintos impuestos bonaerenses tengan la oportunidad de rehabilitar los regímenes de regularización de deuda que hayan suscripto anteriormente y se encuentren caducos por falta de pago".


El director de ARBA, Gastón Fossati, explicó: “Instrumentamos esta medida como parte del programa de alivio fiscal que la gobernadora María Eugenia Vidal dispuso para los sectores productivos del territorio bonaerense, con la intención de que puedan superar dificultades y encuentren mejores condiciones para sostenerse y seguir creciendo”.

Además, explicó que “el hecho de retomar planes caducos brinda a los contribuyentes la posibilidad de cancelar deudas tributarias en condiciones muy ventajosas. Esto es muy importante, sobre todo para las pymes, ya que al regularizar su situación tendrán la oportunidad de reinsertarse en el circuito comercial, a partir de una mayor liquidez y acceso al crédito”.

Este reingreso a regímenes caídos estará abierto hasta el 31 de mayo del año próximo, y quienes decidan incorporarse deberán cancelar las cuotas vencidas e impagas –actualizadas – que produjeron la caducidad. Esa cancelación tendrá que concretarse antes del 1° de junio de 2019.

En caso de que todavía existieran cuotas restantes del plan rehabilitado, el contribuyente deberá abonarlas en las fechas de vencimiento previstas originalmente.

Respecto de la importancia de la medida, Fossati resaltó que “el beneficio fundamental para los contribuyentes que retomen sus antiguos planes es que el monto total a pagar por el programa rehabilitado siempre será inferior a cualquier otra alternativa de regularización de esa deuda”.

La rehabilitación abarca a los regímenes de regularización de deuda otorgados por la Provincia desde el 1 de enero de 2000, cuya caducidad haya operado hasta el 15 de noviembre de 2018, inclusive. Pero no comprende a los planes caducos de la Ley N°14890, referida a los agentes de recaudación.

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