viernes 19 de abril de 2024 - Edición Nº -1962

Información General | 12 jul 2019

La Dirección de Defensa del Consumidor

Exigen a EDELAP una indemnización por los daños que causó el apagón en la zona norte de La Plata

El organismo le exigió a la empresa EDELAP una indemnización por los daños ocasionados durante el apagón que afectó a miles de familias, y obligó a la empresa a "elevar un informe donde consten las inversiones que se harán para evitar futuros cortes". La Dirección de Defensa del Consumidor de la Municipalidad de La Plata es el área encargada de informar, asesorar y evacuar consultas a vecinos y vecinas "cuando resultan amenazados o afectados sus derechos subjetivos de incidencia colectiva o intereses legítimos".


Ante las eventuales infracciones por parte de las empresas prestatarias de los servicios públicos domiciliarios de luz y agua en la ciudad, EDELAP y ABSA respectivamente, según informó la Dirección de Defensa del Consumidor de la Municipalidad de La Plata inició “actuaciones de oficio con el objetivo de evitar una lesión a los derechos de los consumidores y usuarios”.

Cuando finalizó el corte muchos damnificados hicieron la denuncia en esa dependencia comunal, que inició una actuación de oficio y denunció a las empresas por la falta del servicio y la hizo extensiva a todos los usuarios afectados.

Hubo una audiencia de conciliación el viernes 28 en la que estuvieron presentes un grupo de vecinos afectados junto a representantes legales de ABSA y EDELAP.

La directora de Defensa del Consumidor de la Comuna, Rosario Mendoza Peña, expresó: “En el marco de la audiencia se acordó que los vecinos recibirían una indemnización por los daños ocasionados y que se les entregaría un informe donde consten las inversiones que harán las empresas para que no vuelva a cortarse el suministro”.

Según se informó, “esta tarde las compañías acercaron los mencionados informes, cumpliendo en tiempo y forma el plazo de 5 días estipulado durante el encuentro y respondiendo todas las inquietudes de los usuarios con respecto a que inviertan para solucionar por completo el problema y brindar un servicio sin deficiencias”.

“La Ley de Defensa del Consumidor ampara a todos los usuarios de servicios públicos domiciliarios y, en caso de interrupción, deben compensarlos”, explicó Mendoza Peña, y agregó: “Lo mismo ocurre con los artefactos dañados, gastos extraordinarios debido a la situación y demás afectaciones; las compañías deben costear los gastos extraordinarios y la reparación o reposición de los artefactos dañados”.

También señaló que “es importante destacar que en materia de tutela de los consumidores y usuarios la actuación preventiva por parte del Estado resulta de vital importancia, ya que detrás del interés concreto y particularizado del consumidor individual existe la satisfacción del interés público”.

Y agregó: "La Dirección de Defensa del Consumidor de la Comuna garantiza la manda constitucional de proveer a la protección de los derechos de los consumidores, la parte más débil en la relación de consumo, por lo tanto entiende que se estaría frente a presunta violación al artículo 40 bis de la Ley 24.240: “Daño directo. El daño directo es todo perjuicio o menoscabo al derecho del usuario o consumidor, susceptible de apreciación pecuniaria, ocasionado de manera inmediata sobre sus bienes o sobre su persona, como consecuencia de la acción u omisión del proveedor de bienes o del prestador de servicios”.

Por último, vale mencionar que los consumidores y usuarios que deseen realizar una denuncia pueden dirigirse a esa dependencia, ubicada en calle 11 Nº 1079 entre 54 y 55, de lunes a viernes, entre las 8:30 y las 13:30 horas.

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