jueves 25 de abril de 2024 - Edición Nº -1968

Información General | 17 oct 2019

Se vienen las elecciones

Dónde voto y todo lo que hay que saber de las elecciones presidenciales

Se acerca el 27 de octubre de 2019 y la Cámara Nacional Electoral ya habilitó la posibilidad de consultar los lugares de votación para todos los electores argentinos. Para poder obtener esta información, se debe estar inscripto en el padrón electoral y será solicitado el número de DNI, el sexo y el distrito.


Se acerca el 27 de octubre de 2019 y la Cámara Nacional Electoral ya habilitó la posibilidad de consultar los lugares de votación para todos los electores argentinos. Para poder obtener esta información, se debe estar inscripto en el padrón electoral y será solicitado el número de DNI, el sexo y el distrito.

Dónde voto: ¿Cómo consultarlo?

- De forma online.

-Por SMS enviando al 30777 la palabra VOTO seguida de espacio, el número de DNI, espacio y la letra F o M (de femenino o masculino) según corresponda.

- Por teléfono llamando de forma gratuita al 0800-999-7237.

Como resultado podrá obtener el nombre del establecimiento al que deberá asistir para efectuar el voto, el número de mesa, la dirección y el orden.

Argentinos en el exterior

Los ciudadanos argentinos que viven fuera del país no están obligados a votar pero tienen derecho a hacerlo. De cara a las elecciones del 27 de octubre, más de 385 mil argentinos se encuentran habilitados para votar desde el exterior, ya que registraron su domicilio fuera del país antes del 30 de abril.

¿Dónde votar desde el exterior?

El voto puede ser presencial o por correo postal. En el primer caso, deberás presentarte el 27 de octubre entre las 8 y las 18 horas en la sede asignada. Solo podrán votar por correo postal aquellos que se hayan registrado hasta el 29 de julio y que hayan sido aceptados. En ese caso, se recibe un sobre a comienzos de octubre con las indicaciones y todo el material necesario. Es importante recordar que el voto debe ser enviado con anticipación, ya que es obligatorio que llegue al consulado o embajada antes del 23 de octubre.

¿Qué se vota?

El 27 de octubre se elegirá quién será el próximo Presidente de Argentina y a su Vicepresidente como compañero de fórmula para un mandato de 4 años. Pero además, serán elegidos 41 legisladores del Parlasur, 130 diputados nacionales y 24 senadores para renovar un tercio de la cámara de senadores nacionales.

Estos son los distritos que votarán senadores nacionales: Ciudad de Buenos Aires, Chaco, Salta, Neuquén, Entre Ríos, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Río Negro. Por otro lado, en la Provincia de Buenos Aires se elegirán gobernador, legisladores provinciales, intendentes y concejales. Y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Jefe de gobierno y legisladores locales.

Los electores tendrán la posibilidad de votar la boleta completa de una determinada agrupación política o hacer corte de boleta según la categoría. Nunca hay que repetir categoría, de lo contrario el voto será anulado de manera automática.

Cuáles son los candidatos a Presidente y Vicepresidente

- Alberto Fernández – Cristina Kirchner (Frente de Todos)

- Mauricio Macri – Miguel Angel Pichetto (Juntos por el Cambio)

- Roberto Lavagna – Juan Manuel Urtubey (Consenso Federal)

- Nicolás Del Caño – Romina Del Plá (Frente de Izquierda)

- José Luis Espert – Luis Rosales (Frente Despertar)

- Juan José Gómez Centurión – Cynthia Hotton (Frente Nos)

¿Quién será el ganador de las presidenciales?

Para ganar en primera vuelta, un candidato deberá superar el 45% de los votos o un 40% pero con una diferencia mayor a 10 puntos sobre quien termine en el segundo lugar. En caso de que ninguno alcance ese lugar se llevará a cabo el 24 de noviembre el ballotage entre los dos candidatos con mayor cantidad de votos. En caso de ballotage, se realizará un tercer debate presidencial obligatorio el 17 de noviembre.

¿Qué sucede si no podés asistir a la votación?

Las únicas razones por las que una persona de entre 18 y 70 años que figura en el padrón electoral puede no votar son enfermedad, estar a más de 500 km del lugar donde se debería votar o alguna causa de fuerza mayor suficientemente comprobada. En cualquiera de estos casos, la persona deberá justificar su ausencia dentro de los 60 días posteriores al día de la elección ante la Secretaría Electoral del Juzgado Federal.

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:
Más Noticias