jueves 28 de marzo de 2024 - Edición Nº -1940

Información General | 5 mar 2014

Multas de hasta 5 millones

Precios Cuidados: el Gobierno podrá sancionar a los supermercados que no abastezcan productos

La decisión está basada en el artículo 42 de la Constitución Nacional, que establece que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos


Según publicó hoy el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional aprobó la escala sancionatoria de base prevista para eventuales incumplimientos en la oferta de los productos de la canasta del programa Precios Cuidados, conforme el Artículo 7 de la Ley N 24.240.

La resolución 20/2014, firmada por el secretario de Comercio Augusto Costa, indica que rige para las empresas de supermercados signatarias de los Convenios aprobados mediante la Resolución N2 del 3 de enero de 2014 de la Subsecretaría (Precios Cuidados).

También, deja constancia que para la fijación del monto base de sanción se determinará el quantum del producto detallado, teniendo en cuenta sus características, cualidades y unidad de medida.

La escala sancionatoria de base no incluye aquellas circunstancias señaladas en el Artículo 49 de la Ley N 24.240 para la graduación de la multa, que serán consideradas en cada caso en concreto al momento de dictarse la respectiva sanción.

La decisión se toma en base al artículo 42 de la Constitución Nacional, que establece que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno; agregando que las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, etcétera.

Para determinar los montos de las multas se tomará en consideración el impacto de cada producto en el gasto total por hogares que se encuentran en los deciles 1, 2 y 3 de la distribución, en base a los datos contenidos en la Encuesta Nacional de Gastos de los Hogares.

El mecanismo instrumentado busca mensurar y cuantificar de un modo razonable el perjuicio resultante de la infracción al consumidor, atendiendo a la importancia que el producto cuya oferta se incumple genera en sus gastos corrientes.

Con este mecanismo, se dividieron en 3 los grupos de productos: de alto, mediano y moderado impacto en los gastos. Se previó una sanción tope de 5.000.000 de pesos, representativo del incumplimiento de oferta para el total de productos de la canasta.

A partir de los delineamientos, se asignó un monto de 2.500.000 pesos para el grupo de productos de alto impacto en los gastos; 1.500.000 pesos para el grupo de productos de mediano impacto; y 1.000.000 de pesos para el grupo de moderado impacto.

A partir de estos lineamientos, se obtuvo un monto de sanción de 38.462 pesos para cada incumplimiento de oferta de los productos del primer grupo, otro de 23.438 pesos para cada incumplimiento de oferta de los productos del segundo grupo, y un monto de 15.625 pesos para cada incumplimiento de oferta de los productos del tercer grupo.

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