sábado 20 de abril de 2024 - Edición Nº -1963

Información General | 30 ene 2020

Lo resolvió el Ministerio de Trabajo

El traslado de media res al hombro quedó prohibido y pusieron fin a una antigua tradición

Fue en respuesta a un reclamo de La Federación de Sindicatos de Trabajadores de la Carne y Afines de la República Argentina (FESITCARA). "Un triunfo de la lucha sindical", calificaron a la medida desde ese gremio.




“Hoy es una jornada que marca un hito en nuestra actividad. El gobierno dio respuesta a un reclamo histórico de nuestra Federación que se traduce en una clara mejora en las condiciones laborales evitando lesiones en nuestros compañeros”, destacó Gabriel Vallejos, secretario general de la FESITCARA.

A través de la Resolución 13/2020 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, órgano dependiente de la cartera laboral, el gobierno estableció que “toda manipulación, transporte, distribución, carga y/o descarga de productos cárnicos”, cuyo peso sea superior a los 25 kg, “se deberá realizar con la asistencia de medios mecánicos adecuados”.

La medida alcanza a los trabajadores que presten servicio en “empresas y/o establecimientos dedicados a la faena de ganado bovino, ovino, porcino, equino, caprino, animales de caza mayor y/o menor o industrialización de los mismos, o en su cadena de transporte y distribución mayorista o minorista”.

El empleador tendrá 60 días para adoptar y poner en práctica las medidas adecuadas de higiene y seguridad en el trabajo para proteger la vida y la integridad de sus empleados.

La FESITCARA agradeció “la preocupación de la nueva gestión de Trabajo, al mano de Claudio Moroni, en preservar la integridad física” de los trabajadores al dar “respuesta a un reiterado pedido de los gremios” que integran la federación.



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