jueves 28 de marzo de 2024 - Edición Nº -1940

Información General | 22 abr 2020

Cuarentena administrada

En La Plata se liberarán nuevas actividades: el listado de las excepciones

El gobierno municipal decretó la incorporación de nuevas actividades a la lista de exceptuadas y también se elaboraron protocolos de acción para la atención al público y bajo la modalidad delivery.


El intendente de La Plata, Julio Garro, extendió mediante un decretó las actividades exceptuadas de la cuarentena. Los comercios deberán respetar un protocolo de funcionamiento y varios rubros deberán funcionar a puertas cerradas sólo para venta online o telefónica y con entrega a domicilio.

“Estuvimos trabajando junto a los sectores empresariales, PYMES y comerciantes con el objetivo de analizar diversas propuestas que permitan reactivar la economía, sin que esto ponga en riesgo la salud de los platenses”, aseguró el intendente Julio Garro.

La disposición avalada por el gobierno bonaerense permitirá la atención al público con turno previo a ópticas y contactologías; ortopedias; laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen; atención médica y odontológica programada. Lo mismo ocurrirá para las gomerías, bicicleterías, talleres mecánicos y lubricentros.

En tanto, los establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos y los espacios vinculados a la atención de personas víctimas de violencia de género podrán retornar a la atención, cumpliendo con las medidas de prevención y un protocolo especial.

Los rubros que podrán trabajar pero deberán hacerlo a puertas cerradas, con envíos a domicilios, son: pinturerías; vidrierías; venta de insumos de electricidad, gas y sanitarios; papeleras y librerías; ventas de insumos informáticos; mercerías, retacerías/sederías y ventas de lanas; venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio; y casas de repuestos.

En el artículo 2 del decreto habilita la modalidad de venta a distancia para todos rubros comerciales que al presente cuenten con habilitación municipal vigente para el desarrollo de su actividad. Esto incluye la venta de indumentaria y/o accesorios, zapaterías, venta de calzado en general, marroquinerías, jugueterías, bazar, entre otras.

Al mismo tiempo, en su artículo 3, se autoriza a los gimnasios habilitados a implementar un sistema de alquiler de insumos deportivos bajo el sistema de reparto a domicilio o mensajería.

El listado de las nuevas actividades exceptuadas

- 1. Ópticas y Contactologías
- 2. Ortopedias

- 3. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen
- 4. Atención médica y odontológica programada

- 5. Pinturerías
- 6. Vidrierías
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7. Venta de insumos de electricidad, gas y sanitarios
- 8. Papeleras y librerías

- 9. Ventas de insumos informáticos
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10. Mercerías, retacerías/sederías y ventas de lanas
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11. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio

- 12. Casas de repuestos
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13. Gomerías, bicicleterías, talleres mecánicos y lubricentros

- 14. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos
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15. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

_Los comercios y servicios autorizados en los incisos 1, 2, 3, 4 y 13 sólo podrán funcionar con sistema de turno previo, cumpliendo obligatoriamente con los protocolos sanitarios de prevención, atención y cuidado de la salud que se dicten al respecto.
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En tanto,
los comercios y servicios autorizados en los incisos 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12 sólo podrán trabajar a puertas cerradas, comercializando sus productos a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio.

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