jueves 18 de abril de 2024 - Edición Nº -1961

Información General | 29 oct 2013

La Ley de Medios es constitucional

Para la Corte, si se impide la concentración del mercado se favorece la libertad de expresión

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La Corte Suprema de Justicia dictaminó, hace instantes, que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, votada hace 4 años por el Congreso de la Nación, es constitucional. Los artículos objetados por el Grupo Clarín eran el 41, 45, 48 y 161.

“Expresaron que el artículo 41 afecta la libertad de comercio y el derecho de propiedad; que el artículo 45 establece un régimen de multiplicad de licencias cuyos límites desbaratan la sustentabilidad operativa y económica de la empresa; sostuvieron que el artículo 161 los obliga a desprenderse de activos estratégicos en el irrisorio plazo de un año y a un precio vil”, sostiene parte del fallo, en relación a las objeciones que realizó el Grupo Clarín.

Según la Corte, “La ley 26522, en cuanto regula la multiplicidad de licencias de modo general, es constitucional, porque es una facultad del Congreso, cuya conveniencia y oportunidad no es materia de análisis de los jueces. Por otra parte, el análisis constitucional es ajeno a los conflictos futuros que puedan presentarse con la aplicación de la ley, que son materia de otros pleitos”.

“La libertad de expresión, en su faz colectiva, tiene por objeto proteger el debate público, con amplias oportunidades de expresión de los distintos sectores representativos de la sociedad. Se trata de fortalecer una democracia deliberativa, en la que todos puedan, en un plano de igualdad, expresar sus opiniones y en la que no pueden admitirse voces predominantes”.

De los siete ministros de la Corte Suprema de Justicia, Carlos Fayt fue el único que votó en contra de la constitucionalidad general de la Ley de Medios.

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