jueves 25 de abril de 2024 - Edición Nº -1968

Información General | 30 jul 2015

Desviaban panificados producidos en la Unidad

Condenaron a penitenciarios por lucrar con el trabajo de mujeres presas una cárcel de Los Hornos

El ex director y el ex Inspector Mayor del Servicio Penitenciario Bonaerense fueron encontrados culpables por desviar panificados realizados por internas de la Unidad N° 8 de Los Hornos.


Los ex jerarcas del Servicio Penitenciario, Miguel Ángel Palma y Osvaldo Gabriel Bath, y el ex policía bonaerense, Raúl Ángel Tidone, fueron condenados a 2 años y medio de prisión por el delito de “peculado” al ser encontrados culpables del desvío de panificados producidos por internas de la Unidad Penal N° 8 de Los Hornos en provecho propio y de terceros. Las detenidas eran sometidas a “extenuantes” jornadas de trabajo.

Si bien la sentencia del Tribunal Oral Criminal IV de La Plata resulta excarcelable, los tres condenados no podrán volver a ocupar cargos públicos. Bath llegó a ocupar el máximo cargo del Servicio Penitenciario Bonaerense como director y Palma fue el Inspector Mayor.

Los jueces Germán Alegre, Emir Caputo Tártara y Juan Carlos Bruni dieron por probado que durante los meses de agosto y septiembre del año 2002, dos hombres que desempeñaban funciones como Director y Jefe del Sector Talleres de la Unidad Penitenciaria N° 8 de Los Hornos, desviaron el producto de parte del trabajo realizado en la panadería del establecimiento carcelario en provecho propio o de terceros.

Según publica el portal Tinta Judicial, el tribunal dio por comprobado el egreso en horas de la madrugada y en vehículos particulares de distintos productos consistentes no sólo en pan sino también en pizzetas, grisines, bizcochos, masas finas, masas secas y bizcochuelos que se hacían producir a las mujeres detenidas.

“Para lograr tal propósito el Jefe de la Sección Talleres afectó especialmente la labor de un grupo de mujeres detenidas que trabajaban en la panadería y de los maestros panaderos contratados. Las detenidas eran sometidas a extenuantes jornadas de labor que en algunos casos alcanzaban las 15 a 17 horas diarias para dar cuenta de los pedidos que se les formulaban”, detalla en el veredicto al que accedió Tinta Judicial.

El egreso de la producción se realizaba en ocasiones en el automóvil particular del propio Jefe de Talleres y en otras con la colaboración de un tercero, ajeno a la unidad carcelaria, que facilitaba los traslados con una camioneta que ofrecía mayor capacidad de carga.

Como agravantes de la pena Fiscal Martín Chiorazzi solicitó en sus alegatos se pondere respecto de los tres coimputados por un lado, la circunstancia de haber sido aprovechadas en la maniobra ilícita personas que se encontraban en un contexto de encierro quienes por tal condición no pudieron dirigir libremente su accionar y, por otro, la perpetración del ilícito en una unidad carcelaria atento la vulneración de su seguridad. Ambas fueron aceptadas por los jueces.

Además Tidone contaba con una condena de cuatro años de prisión e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el término de ocho años, accesorias legales y costas como autor del delito de Apremios Ilegales perpetrado el día 26 de octubre de 1992. Del cómputo surge que la pena de prisión venció el 4 de septiembre de 2006 y la pena de inhabilitación el 5 de marzo de 2011.

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