jueves 26 de diciembre de 2024 - Edición Nº -2213

Política | 28 dic 2023

El Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata presentó un amparo contra el DNU de Milei


El Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) presentó esta mañana una acción de amparo por la que se solicita se declare la inconstitucionalidad y nulidad absoluta del artículo 154 del decreto 70/2023 firmado por el Presidente Javier Milei, que deroga la Ley 26.737, que establece el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales.

Los argumentos interpuestos por el CECIM refieren a que el DNU de la actual gestión de gobierno presidencial violenta derechos y garantías constitucionales al modificar una Ley nacional de rango superior y dejando prácticamente sin efecto lo dispuesto por la mencionada Ley de Tierras, que reviste carácter de orden público.

Al respecto, el abogado patrocinante del CECIM, Jerónimo Guerrero Iraola, declaró: “La derogación de esta Ley atenta contra derechos fundamentales e implica un daño irreparable al pueblo argentino al liberar el mercado de tierras y habilitar la extranjerización de la tierra” y agregó “se trata de dinámicas latifundistas que ponen en crisis los principios de integridad territorial y la soberanía nacional, condicionando no solo la disponibilidad y disposición del suelo argentino, sino también, los ojos y/o cursos de agua dulce”.

A partir del Decreto, que según lo establecen sus disposiciones finales, entraría en vigor el viernes 29 de diciembre, pasarían a estar disponibles para su venta los campos argentinos, cursos y ojos de agua, poniendo en riesgo la soberanía nacional sobre sus recursos.

En ese contexto, Guerrero Iraola manifestó: “Estamos asistiendo a la vocación de permitir, mediante la supresión del ordenamiento jurídico de orden público vigente, la extranjerización de la tierra, el despojo soberano, ahora por mera voluntad unipersonal del Ejecutivo” y agregó: “Si la usurpación británica de 1833 nos genera indignación visceral, pensemos qué debe generarnos y cómo nos sentimos frente a este artículo 154 del Decreto 70/23 que, materialmente, implica poner un cartel de VENTA a nuestra Patagonia, a nuestros campos, a los cursos de agua, a los ojos de agua”.

 

 

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