Gremiales | 22 sep 2023
Este lunes 25 cerrarán las cadenas de supermercados en todo el partido de La Plata
Por el día del empleado de comercio.
El lunes 25 permanecerán cerradas las cadenas de supermercados en todo el partido de La Plata por el día del empleado de comercio.
Con vistas a la jornada, Info Blanco Sobre Negro consultó sobre el alcance de la medida al secretario Gremial del Sindicato de Empleados de Comercio de La Plata, Claudio Peralta, que confirmó que "va a estar todo cerrado".
Además, aclaró que "en rigor, el día que correspondería sería el 26 de septiembre, pero se trasladó como todos los años".
De esa manera, se espera que el lunes los locales de Coto, Carrefour, Dia, Disco, Vea y los que corresponden a cadenas de firmas de alcance nacional e internacional no comercializarán sus productos y permanecerán con las cortinas bajas.
El 12 de este mes, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), había adelantado que "en línea con lo informado previamente" por esa entidad, "se oficializó el traslado del Día del Empleado de Comercio 2023".
En ese marco, explicó que "conforme a la Ley 26.541, cada año dicha celebración se realiza el 26 de septiembre, aunque en esta ocasión las partes signatarias del CCT 130/75 acordaron su traslado al lunes 25 de septiembre".
Por otra parte, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) aclaró que ese festejo "en nada afecta la apertura de los establecimientos cuando estos sean atendidos por sus dueños o con empleados que acepten trabajar durante esa jornada".
Además mencionó "algunos de los aspectos a tener en cuenta, en materia laboral, para el lunes 25".
"Los empleados mercantiles tendrán la opción de prestar o no servicios laborales durante la jornada, con todos los efectos y alcances de la mencionada Ley, que asimila dicha conmemoración a los feriados nacionales. Estos días no exigen el otorgamiento de un descanso compensatorio cuando se trabaja, sino el pago de un recargo equivalente del 100%", detallaron desde la Cámara.
También explicaron que "si no se trabaja, el empleado tiene descanso ese día, pero su remuneración mensual no variará", y agregaron: "Por ello, en materia de remuneración se deberá dar cumplimiento a lo establecido por las normas vigentes, no pudiéndose otorgar el día en cuestión como franco compensatorio del descanso semanal".
Por último, la CAC aclaró que "queda a criterio de los empleadores y sus dependientes (comprendidos en el CCT 130/75), la posición a adoptar al respecto".